Ante la nueva normativa que está preparando el Ayuntamiento
La FRAVM presenta sus alegaciones para regular las cocinas agrupadas
Tetuán 30 días, 7 de noviembre de 2021
Las quejas generalizadas que el Ayuntamiento de Madrid ha estado recibiendo, como consecuencia de la proliferación de cocinas fantasma –ahora denominadas cocinas agrupadas− por toda la ciudad, ha provocado que la Dirección General de Planeamiento del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Consistorio haya tomado cartas en el asunto, presentando un informe propuesta, en el que se van a modificar las normas urbanísticas que regulan este tipo de actividades, que están contempladas, por el momento y en espera de una nueva normativa, en el Plan General de Ordenación Urbana del 17 de abril de 1997.
Tras presentarse este informe el pasado 16 de agosto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento, se abrió un periodo de alegaciones, y desde la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAMV) se han ido recogiendo las diferentes propuestas de las comunidades de vecinos perjudicados por estas cocinas agrupadas, entre ellas las de Tetuán, hasta recopilarlas todas en un documento que han remitido al Área de Desarrollo Urbano, junto con las firmas de los afectados.
Documento íntegro y en primicia
Tetuán 30 días ha tenido acceso en primicia a este documento aportado por la Asociación de Vecinos Cuatro Caminos-Tetuán, que les reproducimos íntegra y literalmente:
“Los y las abajo firmantes, vecinos y vecinas de Madrid, presentamos las siguientes sugerencias al avance de la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, relativas a la figura de las cocinas agrupadas:
- Fijar en ámbitos de uso cualificado residencial:
- a) Un máximo de 4 cocinas por establecimiento, junto con la superficie máxima de 350 metros cuadrados.
- b) Una distancia mínima entre establecimientos de 500 metros.
- Especificar que en la superficie máxima de 350 metros cuadrados computan también la sala de espera, el cuarto de residuos y otras dependencias comunes.
- Establecer una distancia mínima de 500 metros respecto de los centros escolares, hospitales y otros espacios de concentración de población vulnerable.
- Regular un periodo de un año, a partir de la aprobación de la modificación, para que las cocinas existentes se adapten a la nueva normativa.
- Extender las condiciones exigidas a las cocinas agrupadas en los ámbitos de uso cualificado residencial, a las cocinas que se ubiquen en áreas reguladas por la Norma Zonal 9, grados 1° y 2º.
- Limitar el horario de actividad al tiempo entre las 10:00 y las 22:00 horas.
- Requerir la elaboración de un informe de movilidad y un informe de medio ambiente.
- Prohibir la venta directa al público y las multilicencias (establecimientos en los que las cocinas industriales aparecen combinadas con otras actividades de comercialización).
Deje un comentario